Aprovecha tus cesantías para comprar Vivienda.

Noviembre 27 de 2020
  • ¿Qué son las cesantías?

Las Cesantías son una prestación social de carácter especial que se convierten en un ahorro forzoso de los trabajadores para auxiliarlos en caso de quedar cesantes, es decir, desempleados. Esta prestación se paga por regla general al terminar el contrato de trabajo y de manera excepcional como anticipo para pagar, adquirir, construir, mejorar o liberar gravámenes inmuebles destinados a la vivienda del trabajador; o para pagar costos de educación del trabajador, su cónyuge, compañero permanente e hijos. Por esto, en principio, son irrenunciables de acuerdo a los artículos 340, 343 y 344 del Código Sustantivo del Trabajo.

  • ¿Cómo retiras las cesántias?

1. ADQUISICIÓN DE VIVIENDA CON SU TERRENO O LOTE
Es necesario que presentes los documentos donde certificas que vas a comprar vivienda. ¿Qué documentos? Promesa de compraventa, más la cédula del comprador y la del vendedor. Además, debes anexar una carta de la empresa en la que te autorizan el retiro parcial de tus cesantías.

2. PARA COMPRAR TERRENO O LOTE
Debes presentar los documentos que certifican que el mencionado terreno existe. Adicional a los documentos mencionados en el ítem anterior. En algunos fondos también es necesario entregar el certificado de tradición y libertad del inmueble, con fecha de expedición no superior a 90 días.

3. CONSTRUCCIÓN DE LA VIVIENDA
Te será permitido retirar las cesantías siempre y cuando la vivienda se haga sobre el lote o terreno de tu propiedad o de tu  cónyuge. Si el  espacio donde se planea construir no cumple con estas reglas, la respuesta será negativa.

4. LIBERACIÓN DE GRAVÁMENES HIPOTECARIOS O PAGO DE IMPUESTOS
Aplica a aquellas “deudas” que afectan la vivienda o el terreno edificable de tu propiedad o de tu cónyuge.

5. ADQUISICIÓN DE TÍTULOS SOBRE PLANOS 
Es ideal para la conocida compra sobre planos. Para esto debes certificar que sea una empresa segura.

6. PARA REFORMA DE VIVIENDA O REPARACIONES LOCATIVAS
Cuando es por este concepto, en la parte de la carta donde se pregunta el por qué del retiro, se debe especificar que es para realizar mejoras en la vivienda, la cual debe ser de tu propiedad o de tu conyugue. Adicionalmente, debes anexar un contrato civil de obra en el que se explique cuáles serán los arreglos y su precio. En algunas ocasiones, debes presentar las fotos del antes y el después.

  • ¿Cuáles son los beneficios que tengo a través de mis cesantías?

Financiamiento de Vivienda y Educación; no se cobra cuota de administración, no se cobra comisión por retiros parciales o definitivos, sus cesantías no están sujetas a volatilidades de rentabilidad, los servidores públicos con régimen de retroactividad no pierden este derecho al trasladarse al Fondo Nacional del Ahorro, contamos con cuatro décadas de experiencia, solidez, confianza, rentabilidad y amplia cobertura Nacional.

 

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